Los salvadoreños que residen en el exterior que comprueben su estatus migratorio permanente y arraigo pueden solicitar en El Salvador la devolución del saldo de pensiones que hicieron mientras cotizaron en el país.
Ya sea que la persona viaje a El Salvador o que envíe a un apoderado con esta documentación, debe haber ido antes a la representación diplomática del país para certificar los documentos, según estableció el comité de normas del Banco Central de Reserva.
Este trámite puede durar 30 días para entregar los ahorros.
En el pasado los compatriotas que solicitaban sus fondos cotizados debían renunciar a su nacionalidad salvadoreña para obtenerlo, pero ahora esta exigencia queda eliminada.
LISTA DE TODOS LOS REQUISITOS QUE DEBE PRESENTAR:
a) La documentación que compruebe su estatus migratorio regular permanente y su residencia en el país extranjero, según lo establecido en el artículo 1 del Decreto Legislativo No. 739, emitida por la autoridad competente en el país en que resida de acuerdo con la legislación del mismo. Dicha documentación deberá ser debidamente acreditada por la representación diplomática de El Salvador en el país de residencia.
b) Nombre.
c) Sexo.
d) NUP.
e) Estado familiar.
f) Nacionalidad.
g) Documento de identificación vigente (pasaporte, carné de residente) indicando el número de documento, el lugar y fecha de expedición.
h) Dirección de residencia.
i) Correo electrónico.
j) Firma del afiliado o apoderado.
k) Datos de la institución bancaria en donde el afiliado desea recibir el depósito del beneficio.